Oikos había presentado otro amparo contra la explotación de la mina en Uspallata. Pero por segunda vez la Justicia le dio razón a la minera. Ahora los ambientalistas dicen que no piensan bajar los brazos y que preparan otra estrategia.
La Justicia rechazó el amparo que presentó la organización ambientalista Oikos para que se declarara inconstitucional la Resolución conjunta N° 19/2011 de la Dirección de Minería y la Dirección de Protección Ambiental, es decir, para que se frenara una resolución que según la denuncia tenía irregularidades en la evaluación de impacto ambiental de la mina de oro y cobre que pretende instalarse en Uspallata.
El fallo es del 2do, Juzgado de Gestión Asociada, a cargo de la Dra. Alicia Moretti, y ahora está siendo estudiado por el equipo de abogados de Oikos. La red ambientalista comunicó hoy que sus argumentos son “sólidos” y que se evalúan estrategias a aseguir.
En el fallo, la justicia ha interpretado que las sustancias empleadas como el iso butil xantato de sodio no son tóxicas, que el amparo colectivo no es la vía más idónea para el reclamo, que no surge arbitrariedad en la decisión del Poder Ejecutivo al aprobar el emprendimiento minero, que el Departamento General de Irrigación actuó correctamente al flexibilizar su opinión sobre el proyecto para permitir su aprobación, y condena finalmente a pagar los honorarios de los abogados intervinientes en el Gobierno de Mendoza.
“Oikos está absolutamente convencida de la legitimidad del reclamo, habiendo preparado una acción judicial contundente y con gran cantidad de pruebas, que lamentablemente no han sido evaluadas por la magistrada como lo hubiéramos deseado”, dice un comunicado de la ONG.
“Oikos mantiene su compromiso de defender los derechos ambientales de los mendocinos hasta sus últimas instancias, apelando como siempre a las herramientas democráticas y pacíficas con las cuales siempre se ha manejado”, asegura Eduardo Sosa, presidente de la organización.
Hay que recordar que en marzo pasado, la Justicia rechazó el amparo de un particular que pedía que no se le permitiera usar a la minera el agua de un arroyo de montaña y que se frenara la declaración de impacto ambiental en la Legislatura.
En esa oportunidad, la jueza Graciela Beatriz Simón falló contra Luis Antolín, en nombre de la Inspección de Cauce del Arroyo San Alberto.
Dos semanas antes de ese fallo, la jueza Moretti –que hoy rechazó el amparo de Oikos- había rechazado otro amparo de la misma ONG que pedía se declarara inconstitucional el trabajo de San Jorge en la provincia.
Es clave mencionar que el Gobierno de Mendoza firmó, el 7 de febrero, la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto San Jorge. La autorización del gobernador Celso Jaque llegó después de que se aplicara una nómina de condicionamientos al proyecto que busca extraer cobre en Uspallata y que están relacionados con el cuidado del recurso hídrico.
Los Andes
Viernes 12 de Agosto de 2011
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